RESUMEN

Se define al Estado, como la comunidad social jurídicamente organizada.



La Constitución uruguaya, en su artículo 1º, declara que:

“La República Oriental del Uruguay es la asociación política de todos los habitantes comprendidos dentro de su territorio.”


De una manera más descriptiva, se señalan como elementos del Estado:
  • La población — que está conformada por la comunidad social que convive en el Estado
  • El territorio — que constituye la base geográfica del Estado
  • El poder — que constituye el fundamento de la autoridad que invisten los órganos del Estado, que suele denominarse el poder etático


La población
Generalmente, se define la población como el conjunto de las personas que habitan en el territorio del Estado. Sin embargo, en una forma más técnicamente precisa, debe considerarse que la población del Estado está integrada por todas aquellas personas a las cuales rige la autoridad jurídica del Estado.


El poder del Estado - Poder etático
Puede definirse el poder como la capacidad de lograr de otro la realización o la abstención de una conducta. .
Como elemento del Estado, el poder que le es inherente es su componente esencial; ya que como se ha indicado antes, tanto el elemento población como el elemento territorial, si bien son elementos de existencia material, en definitiva se determinan en función de su sujeción al ejercicio del poder del Estado.
La cualidad definitoria del poder del Estado, es su condición de ser un poder jurídico. Esto significa que, por encima de que el poder del Estado — en las diversas formas en que puede manifestarse — constituya una fuerza con real capacidad de imponerse y determinar las conductas de sus súbditos, o imponerse frente a los otros Estados.

El territorio
Una definición primaria del territorio como elemento del Estado, es la del espacio geográfico comprendido entre sus fronteras.
Sin embargo, al igual que ocurre con el elemento referido a la población, ese concepto debe ser matizado en relación a lo que constituye el componente jurídico del Estado; de manera que en un sentido técnicamente más preciso, el territorio es el ámbito físico sobre el cual se ejerce la jurisdicción del Estado.